AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LAS RAZAS AUTÓCTONAS EN EXTREMADURA 2023

Publicado en el DOE la Convocatoria de 2023 de la solicitud de concesión de ayuda y pago en su primer año de compromisos de la intervención “Compromisos de conservación de recursos genéticos. Fomento de razas autóctonas amenazadas”. Establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.

BASES Reguladoras: Orden de 22 de febrero de 2023. DOE número 37, de 23 de febrero de 2023.

Plazo de presentación de solicitudes: del 1 de marzo al 31 de mayo de 2023 (con la solicitud única de la PAC).

Beneficiarios: Personas jurídicas o personas físicas que sean titulares de explotaciones agrarias, que suscriban voluntariamente compromisos para el fomento de las razas autóctonas amenazadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Requisitos de admisibilidad.

1. Ser titulares de explotaciones ganaderas inscritas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Ganaderas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con ejemplares de las razas elegibles por la que solicita la ayuda, a fecha de 1 de enero de año de solicitud de ayuda o pago.

2. Serán elegibles, y por tanto objeto de concesión, los animales reproductores de las siguientes razas autóctonas amenazadas:

  • Bovino: Blanca Cacereña, Berrenda en Colorado, Berrenda en Negro, Morucha variedad negra, Cárdena Andaluza y Retinta.
  • Ovino: Merina variedad negra.
  • Caprino: Retinta, Verata y Blanca Andaluza o Serrana.
  • Porcino: Ibérico variedad Torviscal, Ibérico variedad Lampiño.
  • Equino-asnal: Andaluza

3. Serán considerados animales reproductores aquellos que a fecha de fin de plazo de solicitud de ayuda cuenten con la siguiente edad: Bovinos, equino, porcinos, 6 meses o más. Ovinos y caprinos, de 12 meses o más.

4. Tener los animales reproductores, objeto de ayuda, inscritos en el Libro de Registro Oficial de la raza.

5. Disponer de un número mínimo de UGM según especie. (Bovino: 4 UGM)

Compromisos.

a) Tener registradas a su nombre las unidades objeto de ayuda en el Registro de Explotaciones Ganaderas durante el periodo de compromiso, realizando la declaración censal obligatoria cada año según la normativa general y específica vigente.

b) Mantener o incrementar el número de UGMs comprometidas, de cada raza, objeto de la ayuda.

c) Contar con asesoramiento técnico cualificado o experiencia y/o formación.

Los compromisos se mantendrá en cada uno de los años siguientes, al menos, en un cumplimiento del 80% de las unidades comprometidas al inicio para cada raza, en la primera anualidad.

El período de compromiso de esta intervención es de 5 años (Los beneficiarios podrán recibir esta ayuda durante 5 años si mantienen los compromisos).

Cuantía.

El importe de la prima anual para las razas de las especies ovino, caprino, porcino y equino-asnal, se establece en 155 euros por UGM.

En el caso de las razas de la especie bovina, se fijará, atendiendo al grado de riesgo de amenaza según la clasificación establecida por la normativa vigente. Así:

  • Razas de bovino con clasificación de riesgo de amenaza media o alta: 155 euros por UGM.
  • Razas de bovino con clasificación de riesgo de amenaza bajo: 50 euros por UGM.

Documentación.

Entre la diferente documentación necesaria, se tendrá que adjuntar una acreditación de la inscripción de los animales objeto de la ayuda en el Libro Oficial de la raza.

ENLACE AL TRÁMITE Y A TODA LA INFORMACIÓN:

https://www.juntaex.es/w/0643022#tramite_anexos

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